El Rugby Club Valencia, en adelante RCV, se regirá en su funcionamiento
por los Estatutos de Club, por la Ley del Deporte, por los Estatutos de
la Federación Valenciana de Rugby, por los Estatutos de la Federación
Española de rugby, por el presente Reglamento de Régimen
Interno, en adelante RRI, en el apartado deportivo y demás normas
internas que se desarrollen.
1- El Club
2- Los Jugadores
2.1- Los jugadores vendrán sujetos por las siguientes normas
2.2- Derechos de los jugadores
3- Los Entrenadores y Los Delegados
3.1 Los Entrenadores
3.2 Los Delegados
4- El Coordinador
5- Padres, Madres y Tutores
6- Régimen Disciplinario
6.1 De las faltas de los Deportistas.
6.2 De las faltas de los Entrenadores.
6.3 De las faltas del Coordinador.
6.4 De las faltas de los Directivos
7- Sanciones y potestad sancionadora
7.1 En el apartado de los Deportistas
7.2 En el apartado de los Entrenadores, Delegados,
Coordinador y Directivos.
8- Graduación de las sanciones
1 - EL CLUB
1.1 - Se establece dentro de los objetivos generales del RCV conceptos
tan importantes para la educación integral de los jugadores; el
compañerismo, el respeto, la educación, la urbanidad, la
deportividad y los buenos modos, tanto en entrenamientos como en partidos
oficiales y/o amistosos y en cualquier programado por el Club.
1.2 - La formación deportiva; física, técnica,
táctica y estratégica óptima establecerá el
nivel competitivo de los equipos que participen en las competiciones oficiales
en que se encuentre inscrito los diferentes equipos del Club.
1.3 - Una planificación, considerando las distintas edades
en el Rugby, la complejidad del proceso evolutivo, el crecimiento intelectual,
así con la progresión técnica y física, de
los jugadores, nos llevará a la creación de deportistas
que disfruten con la práctica de su deporte.
1.4 - Corresponde al RCV, a través de su junta
directiva, resolver la interpretación y todas aquellas cuestiones,
que no se encuentren previstas en el presente RRI.
2 - LOS JUGAGORES
2.1 - Los jugadores vendrán sujetos
por las siguientes normas:
- Respeto con todos los miembros que componen el Club, con los
contrarios, árbitros y reglas de juego, dentro y fuera de los terrenos
de juego, tanto en partidos como en entrenamientos y en cualquier lugar
dónde represente al Club.
- No utilizar vocabulario soez.
- Justificar aquellas ausencias y faltas de puntualidad.
- Acudir a los partidos, oficiales o amistosos, con el equipaje
oficial del Club.
- Cuidar con esmero el material y las instalaciones.
- Colaborar activamente en las actividades que el Club proponga.
2.2 - Derechos de los Jugadores
Todos los jugadores ostentan los siguientes derechos:
- El jugador tiene derecho a recibir una formación que asegure
el pleno desarrollo de su personalidad.
- Todos los jugadores tienen derecho a tener las mismas oportunidades
de acceso a todos los equipos del Club. No habrá más limitaciones
que las derivadas de su aprovechamiento y sus aptitudes para el juego.
Para asegurar este derecho el RCV se compromete a facilitar:
- Un entrenador.
- Instalaciones deportivas para realizar la práctica del Rugby.
- Equipamiento deportivo.
- Un horario de entrenamiento.
- La participación de los equipos en Competiciones Oficiales o
campeonatos organizados por el Ayuntamiento de Valencia o Comunidad Autónoma
Valenciana.
- La enseñanza de la disciplina deportiva.
- Recibir la enseñanza y preparación adecuada según
su edad, para iniciarse o perfeccionarse en el Rugby.
- La debida educación deportiva que contribuya a completar la formación
integral del deportista.
- Todos los jugadores tienen derecho a que se respete su integridad
física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto de
vejaciones físicas o morales.
- Los deportistas tienen derecho a participar en el funcionamiento
del Club a través de los capitanes de cada uno de los equipos y
en los términos que se le determinan.
- El Capitán del Equipo.
Designaciones:
- Cada equipo, a propuesta de su entrenador designará un capitán
para cada temporada.
- El sistema a seguir para la designación, podrá ser modificado
por el Director Deportivo cuando concurran circunstancias que así
lo aconsejen.
- En determinadas situaciones se podrá retirar de la capitanía
al jugador que la ejerza, si no cumple sus funciones adecuadamente o incumple
el RRI.
Funciones:
- El capitán es el enlace entre el entrenador y sus compañeros
de equipo y, a su vez, el portavoz de estos.
- Debe preocuparse de mantener puntualmente informados a todos sus compañeros
sobre horarios de partidos, convocatorias, desplazamientos, etc.
- Dará ejemplo de comportamiento, dedicación, esfuerzo y
motivación, tanto en los entrenamientos como en los partidos, así
como también en cualquier circunstancia y lugar en que se encuentre
el equipo.
- A partir de la categoría Alevín deberá conocer
y asumir adecuadamente los derechos y obligaciones que, por su condición
le otorga el Reglamento de Juego de la Federación de Rugby
- Los jugadores tienen derecho a presentar ante la
Dirección Deportiva y/o Comisión Deportiva, aquellas alegaciones,
peticiones o denuncias que crea pertinentes, ante lo que considere contrario
a sus derechos.
- Todos los miembros de la Escuela están obligados al respecto
de los derechos de los deportistas que se establecen en la presente normativa
interna.
3 - LOS ENTRENADORES Y LOS DELEGADOS
3.1 - LOS ENTRENADORES
Serán funciones del entrenador de acuerdo con los criterios marcados
por la Dirección Deportiva del RCV:
- Dirigir los entrenamientos y partidos de su equipo.
- Conocer y vigilar el cumplimiento de este RRI.
- Mantener la disciplina del grupo dentro fuera del Club.
- No suspender / modificar horarios o días de entrenamientos
sin el visto bueno del Coordinador.
- Mantener todas aquellas reuniones que el Coordinador estime oportunas.
- Redactar, a petición de Coordinador, informes y curriculares
de la evolución de los jugadores.
- Actualizar la base de datos de la página Web con los datos
de los jugadores, partidos y clasificaciones.
- Publicar el resultado del partido del fin de semana en la Web.
- Utilizar todos aquellos medios que el Club ponga a su disposición.
- Mantener y responder del material entregado para uso de su equipo.
- Mantener las instalaciones y material común usado en entrenamientos
y partidos en perfecto estado.
- Custodiará las fichas de su equipo.
- Formará parte de la Comisiones que el Coordinador estime
conveniente.
- No utilizará el nombre del RCV, sin permiso expreso del
mismo.
3.2 - LOS DELEGADOS
Dependiente directo del entrenador, será función principal
la de colaborar en todas aquellas funciones que el Coordinador le especifique.
- Colaborará activamente en aquellas funciones que el entrenador
considere pertinentes dentro del equipo.
- Representará al equipo en los partidos que dispute siendo
el enlace entre el Entrenador, el equipo contrario y el árbitro
de turno.
- Acudirá a los partidos, oficiales o amistosos y a los actos
establecidos por el Club.
- Formará puntualmente al Coordinador de aquellos actos que
afecten o puedan afectar a la buena marcha deportiva del equipo que represente.
- Mantendrá todas aquellas reuniones que
el Coordinador estime oportunas.
- No utilizará el nombre del RCV, sin permiso expreso del
Club.
4 - EL CORDINADOR
De pendiente directo del Presidente, coordinará la ejecución
material de la programación que se establezca en la temporada.
- Dirigirá los grupos de trabajo que forman los equipos.
- Programará las actividades que se desarrollen.
- Planificará las competencias en la participe el Club.
- Planificará las áreas deportivas que el Club considere
necesarias.
- Redactará informes de aquellos aspectos deportivos que
lo requieran.
- Participará activamente en el control y seguimiento de
la labor que desempeñen los entrenadores.
- Informará al Club de todos aquellos asuntos deportivos.
- Propondrá aspectos relativos a la mejora del funcionamiento
en su área deportiva (Material, horarios, ect.).
- Velará del cumplimiento activo del presente RRI, en todos
los niveles de su área.
5 - PADRES, MADRES Y TUTORES
RCV, reconoce que la participación e implicación de los
padres, madres y tutores de nuestros jugadores es fundamental para poder
llevar a cabo nuestro proyecto. Sin ellos, especialmente aquellos que
tienen hijos en los equipos, sería imposible la consecución
de nuestros objetivos.
La colaboración de los padres con nuestro Club podemos resumirla
en forma genérica en que la inscripción de un deportista
en el RCV supone el reconocimiento y aceptación por parte de los
padres, madres y tutores de las actividades que ofrece el Club y les compromete
a respetar este RRI y demás normativas así como procurar
que sus hijos las respeten. En particular, los padres, madres y tutores
de los deportistas deberán:
- Respetar el trabajo y las decisiones de los entrenadores en el
desarrollo de su función.
- Colaborar con sus hijos para que estos acudan con asiduidad, puntualidad
y con la equipación adecuada a los entrenamientos, partidos y actividades
que se organicen.
- No entrar o evitar entrar en los vestuarios, a no ser por causa
de fuerza mayor, antes, durante, ni después de los partidos si
permiso del entrenador.
- Durante el desarrollo de los entrenamientos o partidos, incluidos
los descansos, se abstendrán en todo momento de aconsejar o recomendar,
tanto a los jugadores como a los entrenadores, acciones que sean competencia
exclusiva del entrenador.
- Evitar interrumpir el entrenamiento para preguntar o informar
al entrenador. Cualquier consulta deberá realizarse una vez finalizada
la actividad, antes de comenzarla.
- Aportar al Club los documentos o informes que sobre sus hijos
se les solicite con relación a datos personales, médicos,
etc. Siempre relacionados con la actividad que nos ocupa, así como
asistir a las reuniones a las que fueran citados por el entrenador u otros
estamentos superiores del Club.
- Evitar delante de sus hijos cualquier crítica sobre el
entrenador u otros jugadores y sobre la directiva. Existen cauces adecuados
para ello.
- Mantener en los partidos una crítica correcta hacia todos
los participantes sin crear situaciones ni mostrar actitudes que generen
tensión o violencia.
- Todos los padres, madres y tutores tienen derecho, cuando así
los soliciten, a recibir del entrenador la información que sobre
su hijo pueda interesarles en la forma y momentos oportunos.
6 - RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Las infracciones de los preceptos contenidos el RRI se agrupan a efecto
de sanción en: Faltas Leves, Faltas Graves y Faltas muy Graves.
Tanto para jugadores como entrenadores, delegados, coordinador y directivos
6.1 - De las faltas de los Deportistas
a) Se consideran faltas leves:
- Llegar tarde a los entrenamientos o citaciones, sin causa justificada
alguna.
- Proferir palabras malsonantes o promover discusiones con los compañeros.
- Falta de respeto a los compañeros.
- Retirarse del entrenamiento sin el consentimiento del entrenador,
delegado o coordinador.
- Uso indebido y reiterado del material del Club.
- Falta de actitud en entrenamientos o competiciones.
- Cualquier falta análoga que la Junta directiva estime como
tal y bajo la supervisión del comité interno de disciplina.
- No ejecutar con diligencia las órdenes dadas por el entrenador
en el uso de sus funciones.
- Llevar una vida irregular que ponga en juego la forma física
del jugador.
- Falta de dignidad y decoro en entrenamientos, competiciones y
concentraciones.
b) Se consideran Faltas Graves:
- Cualquier reiteración de Falta Leve.
- Faltas de asistencias superior al 30% e entrenamientos y competiciones,
dentro del mismo mes. Se consideran días lectivos de lunes a domingo.
- Discusiones graves con el entrenador, compañeros, árbitros,
directivos, etc.
- Causar daños en materiales o instalaciones, ya sean del
Club o ajenas.
- Ofender gravemente de palabra.
- Uso de sustancias nocivas para la salud del deportista.
- Negativa del jugador a participar en competiciones para las que
el Club lo ha convocado.
- Cualquier falta análoga que la Junta Directiva estime como
tal y bajo la supervisión del comité interno de disciplina.
- Incumplimiento de las resoluciones acordadas por la Junta Directiva.
c) Se consideran faltas muy Graves
- Cualquier reiteración de Falta Grave.
- Manifestaciones públicas de desprecio, insulto o vejación
hacia el Club o cualquiera de las personas que lo componen.
- El consumo de sustancias no adecuadas al ejercicio físico
y la actividad deportiva en una competición, entrenamiento, desplazamiento
o en cualquier acto deportivo que se represente al Club.
- Provocar o participar en riñas o peleas con otros equipos,
directivos, árbitros, etc.
- Inculcar actividad violenta a los jugadores o compañeros.
- Cualquier falta análoga que la Junta Directiva estime como
tal y bajo la supervisión del comité de disciplina.
6.2 - De las faltas de los Entrenadores y Delegados
a) Se consideran faltas leves:
- El retraso en la entrega de los informes requeridos.
- Las establecidas como leves para los Deportistas, cuando sean
de aplicación.
b) Se consideran faltas graves:
- El retraso de manera reiterativa en la entrega de los informes
requeridos.
- Las establecidas como graves para los deportistas del Club, cuando
así lo requiera este.
c) Se consideran faltas muy graves:
- El abuso de autoridad con los deportistas.
- La negativa a la entrega de los informes requeridos.
- Los establecidos como muy graves para los deportistas, cuando
sea de aplicación.
6.3 - De las faltas del coordinador:
a) Se consideran faltas leves:
- El retraso en la ejecución, en su área deportiva,
de las tareas y/o gestiones encomendadas por los órganos directivos.
- Las establecidas como leves para los deportistas, entrenadores
y delegados, cuando sean de aplicación.
b) Se consideran faltas graves:
- El retraso reiterado, en su área deportiva, en la ejecución
de las tareas y/o gestiones encomendadas por los órganos directivos.
- Las establecidas como graves para los deportistas, entrenadores
y delegados, cuando sean de aplicación.
c) Se consideran faltas muy graves:
- El incumplimiento en la ejecución, en su área deportiva,
de las tareas y/o gestiones encomendadas por los órganos directivos.
- Las establecidas como muy graves para los deportistas, entrenadores
y delegados cuando sean de aplicación
6.4 - De las faltas de los directivos:
a) Se consideran faltas leves:
- El retraso en la ejecución de las tareas y/o gestiones
encomendadas por los órganos directivos.
- Los establecidos como leves para los deportistas, entrenadores
y delegados, cuando sean de aplicación
c) Se consideran faltas graves:
- El retraso reiterado en la ejecución de las tareas y/o
gestiones deportivas, encomendadas por los órganos directivos.
- Las establecidas como graves para los deportistas, entrenadores
y delegados, cuando sean de aplicación.
c) Se consideran faltas muy graves:
- El incumplimiento en la ejecución de las tareas y/o gestiones
deportivas, encomendadas por los órganos directivos.
- Las establecidas como muy graves para los deportistas, entrenadores
y delegados, cuando sean de aplicación.
7- SANCIONES Y POTESTAD SANCIONADORA
7.1 En el apartado de los deportistas.
Se crearan dos comisiones para asuntos disciplinarios que se denominarán:
- Comisión de Primer Orden
- Comisión de Segundo Orden
La comisión de Primer Orden: tendrá como objetivo principal la resolución de las sanciones correspondientes a las faltas tipificadas como leves, en el presente RRI.
La comisión de Segundo Orden: tendrá como objetivo principal la resolución de las sanciones correspondientes a las faltas tipificadas, como graves y muy graves, en el presente RRI
7.2 En el apartado de los entrenadores, Delegados, Coordinador y Directivos
Se crearan dos comisiones para asuntos disciplinarios que se denominarán:
- Comisión de Primer Orden
- Comisión de Segundo Orden
La Comisión de Primer Orden: tendrá como objetivo principal la resolución de las sanciones correspondientes a las faltas tipificadas, como graves y muy graves, en el presente RRI.
En las reuniones que realice las Comisiones, es obligatorio la creación de un expediente compuesto por: las citaciones, los componentes de la comisión y el orden del día.
8 - GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES
Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
a) para las faltas leves se impondrán las siguientes sanciones:
- Amonestación verbal
- Amonestación escrita.
- (Podrá acarrear un partido de suspensión, si es jugador)
b) para las faltas graves se impondrán las siguientes sanciones:
- Suspensión de los derechos inherentes a la condición
en virtud de la cual haya sido sancionado, por un periodo de 15 días
a un mes.
c) para las faltas muy graves se impondrán las siguientes sanciones:
- Pérdida de los derechos inherentes a la condición en
virtud de la cual haya sido sancionado, por un periodo de 1 a 3 meses.
Las sanciones impuestas serán recurridas por escrito ante la
Junta Directiva. A la vista de las alegaciones la Junta directiva, confirmará
o revocará la sanción notificando la resolución tomada.
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